Está circulando un mensaje de advertencia a la ciudadanía diciendo que “la Ley 37 de descentralización está casada con la Ley 8 de 2010” que reformó el Código fiscal, en lo referente a la “revalorización de los precios catastrales de fincas a nivel nacional”.

AMUPA aclara lo siguiente:

La Ley de descentralización no contiene modificaciones a la normativa fiscal vigente que regula todo lo concerniente al cálculo del Impuesto de Bien Inmueble, a los avalúos y reavalúos. Los cobros actuales del IBI se hacen en base al Código Fiscal y a las leyes que lo han modificado.

Todos los temas que señala ese mensaje alertando sobre el peligro del derecho a la vivienda por eliminación de exoneraciones, modificación de las tablas para cálculo del impuesto de bien inmueble, revalorizaciones, posibles expropiaciones y cálculos retroactivos, son materia del Código Fiscal.

El Código Fiscal data de 1956 y los temas señalados son fruto, sobre todo, de las modificaciones que sufrió con la Ley 49 de 2009, la Ley 8 de 2010 y la Ley 31 de 2011, concretamente, en sus artículos 766 y 766-A, sobre la Tarifa Progresiva Combinada y la Tarifa Progresiva Combinada Alternativa para el cálculo del Impuesto de Bien Inmueble. La ley 8 de 2010, además, modificó el artículo 770 para autorizar los avalúos generales y parciales, de oficio, por parte de la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del MEF.

La Ley 66 de 29 de octubre de 2015 que reformó la Ley 37 de descentralización lo que sí establece, en su artículo 89, es dejar sin efecto todas las resoluciones y notificaciones relacionadas con los reavalúos realizados en 2012 y 2013, en base a la Ley 8 de 2010.

El impuesto de bien inmueble es nacional y, en su artículo 112, la Ley de descentralización establece que su recaudación es exclusiva del Ministerio de Economía y Finanzas, desde donde será transferido a los municipios, aplicando la fórmula de solidaridad.

Suponemos que el mensaje es viejo porque indica que la ley de descentralización pasó primer debate y va al segundo debate. La ley de descentralización fue aprobada en junio de 2009 y actualmente está vigente, con sus reformas mediante la Ley 66 de 29 de octubre de 2015.

En la Asamblea Nacional está a la espera de segundo debate el Proyecto de ley N° 43 que Reforma el Código Fiscal, aprobado en primer debate desde enero de 2015. Su exposición de motivos indica la urgencia de corregir las disparidades que provocaron las leyes 49 de 2009 y 8 de 2010.

Para AMUPA, el tema es relevante y la ciudadanía necesita estar pendiente, participar e incidir en los debates de éste o de otros proyectos sobre la materia, para garantizar, sobre todo, el respeto a los derechos de la clase media y empobrecida del país.
Firmado Presidente Jorge Luis Herrera.
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